Se necesita reforzar el sistema penal en ley de cooperativas, en sus 60 años de vigencia
No es posible en un país civilizado, que la ley que rige el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), tenga 60 años de haber entrado en vigencia cuando el país era casi una aldea y que aún se mantiene prácticamente intacta.
Esta ley ambigua, obsoleta, ineficiente, inoperante y atrasada, fue implementada cuando ni las computadoras ni los sistemas contables y de controles existían y aun ningún legislador se ha preocupado en este país porque esa ley sea actualizada a la realidad económica y social que vive el país, sumado al vertiginoso auge que presentan la instalación y aprobación de nuevas cooperativas prácticamente sin ninguna regulación.
Actualmente 1,800 cooperativas, 828 de las cuales fueron aprobadas en un tiempo récord durante el año 2022, por parte del IDECOOP y reportando el manejo de activos por RD$238,000 millones al cierre de 2021 casi sin controles.
Entiendo que muchas veces el desorden le conviene a unos cuantos, pero son miles los que pierden sus ahorros hasta por falta de un buen encaje legal, por lo que entiendo que de la mano con el Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP), deben impulsarse regulaciones efectivas con la finalidad de evitar la impunidad en los casos de desfalcos, quiebras fraudulentas, lavado de activos, estafas, abuso de confianza, enriquecimiento ilícito y otras infracciones graves, porque de lo contrario la Superintendencia de Bancos y el Banco Central se tendrán que hacer cargo de la situación regulatoria.
Esto ocurre debido a la obsoleta ley 31 de 1963 y la ley 127 de 1964 que rige el sistema cooperativo en República Dominicana, que no le permite al IDECOOP ni siquiera realizar su trabajo con un marco regulatorio adecuado, lo que ha permitido que existan más de mil cooperativas como chivos sin ley.
La situación va en detrimento de miles de socios ahorrantes, que han visto esfumarse sus ahorros sin un régimen de consecuencias expedito y eficaz, ya que el propio IDECOOP con el bajo presupuesto que recibe, no ha podido manejar una supervisión efectiva contable y de auditores contra el fraude y el falseo de estados financieros, préstamos ficticios y cuantos delitos económicos han sido ejecutados.
Ya ha sido consensuado con el CONACOOP un nuevo marco legal ajustado a los nuevos tiempos, para que sea creada mediante ley una Superintendencia de Cooperativas de la República Dominicana (SUPERCOOPRD) dotada de nuevas atribuciones, funciones, marcos regulatorios internos y externos, fiscalizaciones, sanciones, y recursos para un efectivo funcionamiento institucional, así como una profunda transformación interna operativa y un cambio de imagen, logo y colores que ayude a su nueva inserción pública y social ante el país y los sectores económicos de su ámbito de aplicación.
Ahora le toca a los legisladores cumplir su rol y entender que el pujante sector cooperativista ya no puede más seguir en el letargo jurídico y de atraso legislativo, pero que sea siempre escuchando los sectores que intervienen junto al órgano regulador, ya que esta nueva legislación ha sido consensuada siguiendo los lineamientos internacionales sobre la materia por parte de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), el mayor organismo del mundo en materia de cooperativas además del Comité Aci- para las Américas y la Confederación de Cooperativas del Caribe, Centro y Sur América (CCCCA).
Entiendo que esta nueva legislación deberá contener la creación y activación de un sistema de alerta o indicadores que van a fortalecer la supervisión y la regulación de las cooperativas acompañada de un claro preciso régimen de consecuencias para quienes incurran en desfalcos, quiebras fraudulentas, falseo de estados financieros, ocultamiento de causas que motiven una supervisión entre otras faltas graves por incumplimiento de normas regulatorias, entre otras disposiciones.
Todo con la finalidad de proteger los ahorros de miles de familias que han venido a confiar en el sistema cooperativista y del cual el Estado dominicano les debe las más absolutas garantías.
Hay varios casos impunes sin sanciones serias y efectivas, que el país pide respuestas como son los presuntos desfalcos cometidos años atrás en las cooperativas de la Policía Nacional, donde a miles de policías les fueron descontados de sus sueldos recursos para guardarlos en dicha cooperativa; el dinero se los robaron y que ha pasado, la respuesta es nada.
También la del Ayuntamiento del Distrito Nacional, la del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, la del Banco Agrícola, la de Pro-Industria, la de los empleados de la Falconbridge en Bonao, la de los empleados del Central Romana, ARS, Servicios Cooperativos de Salud, entre otras muchas.
Estas cooperativas violaron todos los sistemas regulatorios por lo que fue necesario su intervención, debido a que corrían peligro por encontrarse en manos de personas irresponsables.
El Estado debía salvaguardar los ahorros y el patrimonio de miles de socios, cuyas intervenciones resultaron tardías, cómplices e ineficaces ya que los presuntos desfalcos y la detección de irregularidades graves y prácticas contables contrarias a la ley, habían sido cometidos hacía meses por lo que los socios ahorrantes perdieron sus ahorros según hemos podido saber, sin la aplicación de sanciones o sometimientos a la justicia, de sus consejos directivos.
El punto es que esas cooperativas, carentes de regulación oficial, tienen activos por RD$238,000 millones al cierre de 2021, muy cerca de los RD$266,712.2 millones de las asociaciones de ahorros y préstamos, que sí son reguladas por la autoridad monetaria, a través de la Ley 183-02, y casi cinco veces más que los RD$51,557.7 millones en activos que tienen los bancos de ahorro y crédito, que también están bajo regulación.
Pero las cooperativas, en cambio, siguen operando bajo un esquema de “autorregulación”, de acuerdo con lo expresado por el propio expresidente del CONACOOP, Jorge Eligio Méndez, en declaraciones para el periódico El Dinero en octubre de 2021. De ese tiempo acá, nada ha cambiado en la regulación.
Las cooperativas deben ser reforzadas y también las leyes que las regulan, ya que muchas de ellas son administradas por un consejo directivo que no realmente son sus dueños, ni sus mayores accionistas y cuyos aportes en varios casos no son tan representativos, en otras palabras, están administrando lo ajeno, por lo que se hace urgente una supervisión más efectiva por parte del IDECOOP y así poder prevenir posibles fraudes y desfalcos, malas administraciones y cualquier falta grave en perjuicio de los ahorrantes.
El IDECOOP, debe analizar con detenimiento y claridad y por expertos en la materia, “los estados financieros auditados”, de muchas cooperativas y de ser necesario prever en la nueva ley de cooperativas, sanciones severas contra las firmas de auditores y sus responsables por encubrir la verdadera situación financiera o descalabro económico de una cooperativa.
Esto debe incluir también, su sometimiento a la justicia como coautores de los delitos atribuidos a parte de imponerles sanciones administrativas y hasta la cancelación de la autorización para auditar cooperativas.
Todo esto para que no se repita el encubrimiento que fue hecho a las firmas de auditores que nunca fueron sometidas a la justicia por la Superintendencia de Bancos y que falseaban de manera constante los estados financieros de la verdadera situación del Banco Peravia, así como de la Corporación de Crédito Rona y otras entidades “reguladas” cuya responsabilidad y coautoría en la comisión de los delitos es irrefutable.
Las cooperativas, deben también ser sometidas al régimen de mantener en el Banco Central un fondo de reservas o fondo de contingencias como garantía y seguridad de los ahorros de sus asociados, fondo este que deberá ser intocable y solo ser usado para cubrir deficiencias propias de la entidad con la obligación de reponerlos en cierta fecha.
Actualmente cualquier fraude cometido por el Consejo de Administración de una cooperativa contra sus socios, podrán ser encausados por varios delitos entre ellos, abuso de confianza, lavado de activos, asociación de malhechores, complicidad y violación a la ley 479 sobre sociedades comerciales, entre otros delitos según cada caso y podrían incurrir en penas de hasta 20 años de prisión según el tipo de delito que sea comprobado.
Por Amadeo Peralta
*El autor es abogado