El abogado Juan Miguel Castillo Pantaleón, advirtió al presidente Luis Abinader, sobre los graves peligros que implica para el país, la existencia de un documento oficial para la implementación del denominado “Plan de Contingencia para Flujos Masivos de Inmigrantes en República Dominicana”, elaborado por el Instituto Nacional de Migración.
En una carta enviada al primer mandatario de la nación, Castillo Pantaleón afirma que la vigencia de un acto administrativo cuyos alcances jurídicos, por un principio legal de continuidad del Estado, compromete al país frente a potencias extranjeras y organismos multilaterales
El exjuez explica que la finalidad del Plan de Contingencia es la de invalidar las potestades institucionales de los organismos estatales competentes, colocando al gobierno de la República Dominicana en la condición de asumir a priori la condición de refugiados de cientos de miles de nacionales haitianos que ingresan al pais.
“Este Plan establece que, en cada una de las provincias fronterizas se instalarán al menos un campamento o “alojamiento” con capacidad de hasta 90 mil haitianos en cada una de las cinco provincias fronterizas en los primeros tres meses de su activación”, dice Castillo Pantaleón en su misiva.
Sostiene que el documento que sustenta el plan es oficial y definitivo, además de que cuenta con el aval del Estado dominicano y ha sido elaborado junto a dos organismos multilaterales dependientes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y financiado por el gobierno de los Estados Unidos.
El abogado advierte al presidente Abinader, que debe estar consciente de que todo aquel que pretenda convencerle de que se trata de un documento no vinculante y que no tiene efectos jurídicos estaría intentando confundirle o tomarle el pelo, a fin de que su gobierno no tome alguna acción para desautorizar formalmente y dejar sin efecto el indicado Plan.
Apunta que las pretensiones contienen graves violaciones legales y constitucionales, tras señalar la incompetencia del Instituto Nacional de Migración, el que alega ha sido dirigido desde su existencia por personas que actúan de espaldas a la naturaleza de sus verdaderas funciones y en connivencia con oscuros intereses.
A continuación el texto íntegro del documento entregado por Castillo Pantaleón al presidente Luis Abinader:
Santo Domingo, D.N.
22 de enero de 2021
Señor
Lic. Luis Abinader Corona,
Presidente Constitucional de la República,
Palacio Nacional.
Ciudad.-
Excelentísimo señor Presidente:
Luego de saludarle cordialmente, tengo bien aprovechar la ocasión que me brinda esta visita que le hago junto a otros ciudadanos ilustres, para ampliarle con una líneas particulares, uno de los puntos de agenda que ha sido el motivo de este encuentro, a fin de dejar constancia por escrito de las consideraciones expresadas, para ALERTARLE a usted, como primer mandatario de la nación, sobre los graves peligros que implica para el país la vigencia de un acto administrativo cuyos alcances jurídicos, por un principio legal de continuidad del Estado, nos compromete frente a potencias extranjeras y organismos multilaterales. Se trata del llamado “PLAN DE CONTINGENCIA PARA FLUJOS MASIVOS DE INMIGRANTES EN REPÚBLICA DOMINICANA”, elaborado por el Instituto Nacional de Migración, copia del cual le anexo a la presente misiva.
Como ciudadano, en los medios de comunicación, yo había develado la existencia de este documento, que permanecía en el mayor secretismo y que incluso era desconocido por usted, según nos informara el periodista Aníbal Herrera, quien le preguntara al respecto durante un encuentro sostenido recientemente con miembros de un conocido grupo de medios.
Como abogado especializado en distintas materias, y por tanto con en el dominio del conocimiento técnico correspondiente, consciente de los peligros que implica el contenido de dicho documento, no me limité a su denuncia pública, sino que como abogado tomé la iniciativa de demandar su nulidad y su suspensión inmediata en forma provisional por ante la jurisdicción competente (Tribunal Superior Administrativo), acciones en las que me han acompañado decenas de distinguidos abogados, varias instituciones sin fines de lucro y varios miles de ciudadanos. La base legal de dichas acciones se encuentra en las graves violaciones legales y constitucionales en que incurre este acto administrativo, dado por una institución incompetente y que ha sido dirigida, en el pasado y en el presente, por personas que actúan de espaldas a la naturaleza de las funciones para los cuales fue diseñada y en connivencia con oscuros intereses, contrarios a la salud de la República
Dichas demandas, no solo fueron notificadas contra las instituciones públicas concernidas, como lo es el Instituto Nacional de Migración (responsable primario de tal desaguisado), sino también las entidades que por ley son responsables de la implementación de la política migratoria estatal, como lo es el Ministerio de Interior y Policía, en su condición de Presidente del Consejo Nacional de Migración; y la Dirección General de Migración, en su condición de órgano ejecutivo de la aplicación de la normativa migratoria. Increíblemente, estas dos últimas instituciones, inutilizadas en sus funciones en la implementación del contenido dichoso Plan de contingencia. Igualmente, para que esta acción fuera del conocimiento formal de todos los poderes del Estado, copia de dichas demandas ha sido notificada no solo a la Procuraduría General Administrativa, sino también a la Presidencia de la República en manos de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, así como a todos y cada uno de las senadores y diputados que representan las provincias fronterizas que serían terriblemente balcanizadas y comprometidas territorialmente por su implementación (Pedernales, Elías Piña, Independencia, Dajabón y Montecristi).
De antemano le alerto e invito a comprobar que en el texto del Plan de contingencia que pongo en sus manos, no se utilizan en ningún lugar los términos “proyecto”, “anteproyecto”, “borrador”, “estudio” o “boceto” o “preliminar”. Que en todos y cada una de sus páginas contienen la indicación que es un documento de “uso oficial”, que en su portada indica claramente que la entidad responsable lo es el “Instituto Nacional de Migración, Ministerio de Interior y Policía”; igualmente, que en la primera página se indica que “fue realizado con la participación de representantes de las siguientes instituciones: Centro de Operaciones de Emergencias (COE), el Ministerio de Interior y Policía (MIP), el Ministerio de Defensa (MIDE), el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), el Ministerio de Economía y Planificación (MEPyD), la Dirección General de Migración (DGM), el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI), la Policía Nacional (PN) y la Cruz Roja Dominicana.” También indica dicha nota, que “contó con la contribución técnica y financiera de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).”
Lo que no indica el documento es quiénes financiaron pagaron para la elaboración de dicho Plan de contingencia, y eso se lo aporto anexándole a la presente, copia impresa de la nota de prensa titulada “La OIM apoya los esfuerzos de República Dominicana para la integración de la diáspora y la gestión de crisis”, publicada en la página oficial de la Organización Internacional de las Migraciones (OIM) en la dirección URL:
https://programamesoamerica.iom.int/es/noticia/la-oim-apoya-los-esfuerzos-de-republica-dominicana-para-la-integracion-de-la-diaspora-y-la
Dicha nota de prensa de la OIM dice que ese Plan de contingencia fue financiado por una oficina de un gobierno extranjero, como lo es la “Oficina de Población, Refugio y Migración del Departamento de Estado de Los Estados Unidos de Norteamérica”.
Es decir, se trata de un documento oficial, definitivo, que dice contar con el aval del Estado dominicano, que ha sido hecho junto a dos organismos multilaterales dependientes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y financiado por el gobierno norteamericano. Así que, debe usted estar consciente de que todo aquel que pretenda convencerle de que se trata de un documento no vinculante y que no tiene efectos jurídicos estaría intentando confundirle o tomarle el pelo, a fin de que su gobierno no tome alguna acción para desautorizar formalmente y dejar sin efecto el indicado Plan. Quien así se lo diga, estárá prácticamente conspirando contra la salud de la patria.
¿Qué contiene este Plan de contingencia que implica tanto peligro para el país? La finalidad de este Plan es la de invalidar las potestades institucionales de los organismos estatales competentes, colocando al gobierno de la República Dominicana en la condición de asumir a priori la condición de refugiados de cientos de miles de nacionales haitianos que ingresan desde Haití a la República Dominicana, ante circunstancias de calamidad, violencia e inestabilidad que se ha convertido en su estado natural por muchas décadas y, bajo tal premisa, permitirle su ingreso y permanencia en el territorio nacional. Este Plan establece que, en cada una de las provincias fronterizas se instalarán al menos un campamento o “alojamiento” con capacidad de hasta 90 mil haitianos en cada una de las cinco provincias fronterizas en los primeros tres meses de su activación.
Sepa usted, excelencia, que la condición de “refugiado” es una categoría especial del Derecho Internacional humanitario, con legislación interna especial para su manejo (que es ignorada por el dichoso Plan), que obliga a los países suscribientes (como la R.D.), al cumplimiento de las convenciones y protocolos para su protección y por tanto se comprometen a garantizarles no solo el alojamiento, sino también todos los servicios básicos, educación, salud, libertad de circulación, trabajo, seguridad social y hasta documentos de identidad si carecen de ellos, sus hijos adquieren la nacionalidad del país de refugio y expresamente se prohíbe su devolución o deportación (non refoulement).
A seguidas le enunciamos solo algunas de las principales implicaciones del Plan:
• Los mecanismos disparadores son situaciones existentes y cotidianas desde hace décadas en Haití: y son uno cualquiera de los siguientes 8 elementos:
1-“Evolución del valor y devaluación de la moneda haitiana.
2-Evolución coste de la Canasta Alimentaria Básica y los combustibles en Haití y sus consecuencias en el Índice de Inseguridad Alimentaria 3.
3-Aumento del control territorial de las bandas armadas.: A menos Estado más colapso institucional.
4-Graves problemas de gobernanza en el país. Número de ministerios que dejan de funcionar. Aduanas e Impuestos sin funcionar (no recaudación) y números de funcionarios y meses sin salario.
5-Salud empresarial, inversión en Haití y evolución de la tasa de paro o personas sin trabajo remunerado.
6-Cambio climático: Fenómenos extremos por inundaciones y/o sequías o incidencia del Fenómeno del Niño y de la Niña en una posible migración masiva.
7-Episodios de represión: número de personas muertas en manifestaciones y/o eventos represivos debidos al malestar y tensiones sociales.
8-Número y características de episodios aislados de presión sobre pasos fronterizos.”
• El Plan se activa con la simple declaración, en cualquier lugar de las provincias fronterizas dominicanas (es decir borra la frontera), en donde “una o varias familias, o un grupo de personas, se “autodeclaran” desplazadas por la violencia o la situación económico-social complicada de Haití y solicitan ayuda humanitaria o asilo a las autoridades de República Dominicana.”
• A partir de ahí, el papel de la Dirección General de Migración se limita a hacer un informe, avisar a la gobernación provincial correspondiente y avisarle al Centro de Operaciones de Emergencia (COE) para que asuma el control de la situación, siguiendo el orden de actuaciones en cascada que dispone el Plan de contingencia.
Claramente, dichas disposiciones ejecutivas ordenadas por el Plan de contingencia inutilizan el rol de las instituciones creadas por la ley y la Constitución para el manejo de:
– Las relaciones internacionales (Presidente de la República Ministerio de Relaciones Exteriores);
– La seguridad interior del Estado (Ministerio de Interior y Policía);
– La defensa de la integridad territorial de la República (Ministerio de defensa);
– El manejo de la cuestión migratoria (Ministerio de Interior y Policía y Dirección General de Migración);
– El procesamiento y manejo de las solicitudes de refugio (Comisión Nacional para los Refugiados);
– Protección de los Derechos Humanos (Defensor del Pueblo):
– Desnaturalización de las funciones de un organismo que no ha sido creado para el manejo de asuntos migratorios o de refugiados (Centro de Operaciones de Emergencia).
• El desbalance poblacional que supone para las cinco provincias fronterizas el establecimiento de al menos un campo de refugiados con capacidad de hasta 90,000 haitianos en los primeros 3 meses, supone la amplia superación de los ciudadanos dominicanos y una virtual balcanización de toda la región fronteriza, lo que haría añicos la integridad de nuestro territorio nacional. El país estará perdiendo el control sobre las cinco provincias fronterizas, pues no puede deportar ni devolver esos cientos de miles de haitianos a quienes el Estado dominicano estará obligado a proveer el alojamiento, servicios y derechos que no es capaz de garantizar a los pobres dominicanos que allí viven.
Señor Presidente, creo que con solo estas pinceladas bastan para alertarle a usted y al gobierno dominicano, el grave peligro que supone para esta nación la existencia de este documento oficial, que hasta que no sea formalmente revocado por el Estado o anulado por el Poder Judicial, tiene efectos jurídicos para al Estado frente a los organismos internacionales y potencias extranjeras que se han confabulado y continúan haciéndolo con personajes oscuros, que pueden ser catalogados justamente como traidores de la patria, para conspirar contra la existencia del país.
Usted es el ciudadano mejor informado acerca de la grave crisis político social que viven nuestros vecinos y está consciente de cómo esas mismas potencias internacionales han inducido al agravamiento de una crisis que tocará fondo en las próximas semanas, con un vacío absoluto de autoridades legítimas para gobernar Haití. Usted ha sido informado cómo los reclamos de nuestra Cancillería desde el propio Consejo de Seguridad de la ONU han sido ignorados. Se juega a que nuestro país sea quien absorba esa crisis y hay toda una articulación de iniciativas en ese orden. Por ello, no resulta ocioso informarle que existen dos programas que están en curso por parte de agencias de potencias extranjeras, dirigidas a financiar en nuestro país programas para tutelar las autoridades migratorias (el programa Trato Digno, financiado por Unión Europea) y minimizar los previsibles conflictos que la permanencia de contingentes masivos de haitianos generará en las comunidades fronterizas (“Hispaniola People To People (P2P) Conflict Mitigation (CM)” program”, financiado por el gobierno norteamericano)-
Agradeciendo la atención que sirva dispensar a la presente y esperando que Dios ilumine la toma de sus decisiones en defensa del país y su Constitución, quedo de usted, poniendo a la disposición de servir en aquello que estime de utilidad.
Atentamente
Dr. Juan Miguel Castillo Pantaleón, PhD