Pide al Tribunal Superior Electoral examinar a fondo ese caso para no sentar un precedente negativo
Santo Domingo.- El Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE) externó su preocupación por el rumbo que ha tomado el conflicto con el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), ya que constituye un gremio de gran importancia para todo el quehacer de la vida institucional del país.
El presidente de la entidad Feliciano Lacen Custodio, manifestó que el CODUE siempre vela por la constitucionalidad y fortalecimiento de la democracia.
“En tal sentido, pedimos al Tribunal Superior Electoral (TSE) examinar a fondo dicho caso, si así fuere competencia del mismo, para no presentar un precedente negativo, sobre todo con los procesos electorales que se avecinan, de los cuales el TSE sí debe estar vigilante que se cumpla con la constitucionalidad y las leyes, la cual es su competencia y razón de ser”, indicó.
Pide aclarar proyecto de ley de asistencia a actos masivos
En otro orden, el CODUE consideró que no queda del “todo claro” el proyecto que regula la asistencia a actos masivos y espectáculos públicos presentado por el senador Santiago José Zorrilla.
Feliciano Lacen Custodio dijo que en el contenido de la pieza, el concepto “acto masivo”, puede referirse en el caso específico a las reuniones que, de manera cotidiana, celebran las congregaciones cristianas evangélicas en espacios públicos y privados
La institución recomienda al pleno del Senado de la República que sancionó este miércoles en primera lectura el proyecto, explicarle a la comunidad dominicana y a la opinión pública, con detalles cuáles son las verdaderas pretensiones del senador de El Seibo.
Lacen Custodio explicó que como comunidad evangélica se mantendrá en alerta ante una iniciativa que pueda vulnerar el derecho a la libertad de asociación que tienen las personas no importando sus creencias de tipo religiosa, social y cultural; “es decir el derecho de las personas a interactuar y organizarse entre ellas para expresar, promover, buscar y defender de forma colectiva intereses comunes”.
Dijo que la constitución dominicana, consagra el derecho de reunión en el artículo 48 y expresa que: “toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos, de conformidad con la ley”.
Feliciano Lacen sostuvo que la libertad de reunión protege las agrupaciones de personas que deciden congregarse previo acuerdo y tiene un carácter público. Las reuniones que protege la constitución son las celebradas en espacios o lugares públicos, con asistencia de personas convocadas a esos fines.
Recordó que el derecho a la libertad de cultos es universal, según establece el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 45 de la constitución dominicana.