Santo Domingo, RD. Basados en la Resolución No.DE-02/17, emitida el 18 de abril 2017, que establece el procedimiento a seguir para la habilitación de las Asociaciones sin Fines de Lucro de y para las personas con discapacidad, el Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS) da a conocer el proceso a seguir para dichos fines.
La aplicación deberá hacerse de forma física en las instalaciones del CONADIS, y para la misma, todas las ASFL deben presentar objetivos orientados a mejorar la calidad de vida y la implementación de toda acción o intervención positiva a favor de las personas con discapacidad. Se tomará en cuenta la garantía de seguridad, calidad de los servicios y actividades que ofrecen, además de que su legalidad debe estar fundamentada. Asimismo, se considerará la permanente cualificación y capacitación de sus recursos humanos y la infraestructura de las que dispone para prestarlos, su sostenibilidad financiera y medioambiental.
La solicitud de habilitación debe realizarse mediante la presentación de una instancia dirigida al Director del CONADIS, Lic. Magino Corporán Lorenzo, con atención a la División de Fortalecimiento de Asociaciones Sin Fines de Lucro, y debe estar acompañada de los siguientes documentos legales y administrativos:
1. Formulario de solicitud de habilitación (descargable desde el portal del CONADIS www.conadis.gob.do en la sección habilitación).
2. Estatutos.
3. Registro de Incorporación emitida por la Procuraduría General de la República.
4. Acta de Asamblea General Constitutiva.
5. Acta de la Última Asamblea.
6. Listado de la Directiva Vigente.
7. Memoria histórica de la institución.
8. Plan Operativo.
9. Estados Financieros de la Organización.
10. Presupuesto anual de la Organización.
11. Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
12. Formulario de declaración del último ejercicio fiscal (ISFL-01) y sus anexos.
Una vez depositados los documentos requeridos, se entregará a los solicitantes una constancia de recibimiento firmada por la Dirección del CONADIS, que podrán utilizar como aval para cualquier solicitud de fondos al Estado, mientras concluye el proceso para la entrega final de la habilitación en un periodo aproximado a 30 días.