Santo Domingo.- El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó este martes a 20 años de prisión a Wascar Orlando Castillo, de 63 años, acusado de pagar para que un antisocial rociara “ácido del diablo” a una adolescente de 16 años, quien falleció un mes después del ataque.
Por el hecho, ocurrido en 2006, en Villa Juana, el sentenciado deberá pagar también una indemnización de dos millones de pesos a la madre de la víctima, Francia María Rodríguez Álvarez, así como cubrir las costas del proceso.
Luego de cometer el delito, Wascar Orlando Castillo huyó a Estados Unidos, de donde fue extraditado en 2019.
Durante la presentación de las conclusiones, el Ministerio Público solicitó una pena de 30 años de prisión. Sin embargo, Teófilo Andújar, presidente del tribunal, y las juezas Leticia Martínez Noboa y Milagros Ramírez dictaron condena de 20 años tras evaluar los elementos de pruebas presentados en audiencia por la fiscal litigante Catalina Bueno.
En ese sentido, la representante del Ministerio Público expresó que con esta sentencia la justicia se ha hecho valer. “Este caso lleva 16 años en los tribunales y hoy los jueces han hecho una correcta valoración de las pruebas referenciales”.
Según narra el expediente presentado por la Fiscalía del Distrito Nacional, la víctima fue agredida mientras caminaba por la calle Moca esquina Peña Batlle, luego de salir del centro educativo en el que estudiaba.
Las fiscales investigadoras del caso, Minerva Batista y Elvira Rodríguez, confirmaron durante el proceso indagatorio que el hoy condenado pretendía y asediaba a su víctima, quien no le correspondía, llegando a rechazarlo, a lo que el encartado expresó que no resistiría otra negativa más.
El Ministerio Público presentó pruebas testimoniales, documentales y periciales que demostraron la responsabilidad de Wascar Orlando Castillo en el crimen contra la joven. Estas evidencias resultaron determinantes para imponer la pena que el imputado debe cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.
El Ministerio Público otorgó al presente caso la calificación de complicidad de homicidio, actos de tortura y barbarie contra una menor de edad, abuso físico y psicológico de una menor de edad, delitos previstos y sancionados en los artículos 59, 60, 295, 304, 306-4 del Código Penal Dominicano, así como en el artículo 396, literales A y B, de la Ley 136-03, sobre el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.