Santo Domingo.-Una juez de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional dictó dos meses de prisión preventiva en contra del suspendido director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Leonardo Antonio Faña Batista, acusado de agredir sexualmente a una empleada que estuvo bajo su supervisión.
La jueza de la instrucción Nancy María Joaquín Guzmán adoptó la decisión atendiendo la solicitud de prisión preventiva hecha por el procurador de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, José del Carmen Sepúlveda.
A salida del tribunal el suspendido funcionario acusó al expresidente Danilo Medina y al exministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta de crear un entramado junto a otras personas para meterlo preso.
Aseguró que Medina y Peralta en conjunto con personajes del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el Ministerio Público “trancaron mi cuerpo, pero no podrán trancar mis pensamientos”.
“En el gobierno pasado, aunque lo enfrenté a ellos nunca pudieron meterme preso, pero en mi gobierno, José Ramón Peralta, Danilo Medina en contubernio con algún personaje de mi gobierno, alguno personaje de mi partido y personaje del Ministerio”, ponderó Faña.
Faña Batista fue arrestado el 10 de marzo pasado mediante el Auto número 003-2021, de la juez Joaquín Guzmán.
La investigación de este caso inició con una denuncia presentada por una exempleada del IAD ante la Unidad de Atención y Prevención de Violencia del Distrito Nacional.
La Unidad de Violencia de Género tramitó el caso a la Corte de Apelación del Distrito Nacional, atendiendo a que el funcionario debe ser investigado por un órgano de segunda instancia, ya que goza de jurisdicción privilegiada.
El Ministerio Público mantiene la investigación de oficio, como lo establece el artículo 30 del Código Procesal Penal, debido a que la mujer denunciante, quien trabajó en el IAD entre el 18 de agosto de 2020 y el 11 de enero de este año, desistió de la querella.
El Ministerio Público imputa a Faña Batista la violación de los artículos 309 numeral 1, 330 y 332 del Código Penal Dominicano.