Santo Domingo. – El abogado y dirigente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Rafael Linares, informó que recurrirá en casación la decisión de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que ratificó la condena por difamación al dirigente político, Guido Gómez Mazara.
Linares, sostuvo que valora el voto disidente del magistrado Rafael A. Báez García, de quien dijo crea un precedente en el caso.
“Nosotros la vamos a recurrir en casación al entender que aquí fundamentalmente en este voto disidente está una gran parte de los incidentes que nosotros hemos planteado, pero también vamos a hacer otras anotaciones en ese recurso de casación”, refirió Linares.
Resaltó que en su voto disidente el magistrado Rafael Báez García explicó que, “en el presente caso el Ministerio Público se limitó a obtener del Departamento de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología de la Policía Nacional (DICAT), la identificación de la cuenta de que se trata, sin la autorización judicial correspondiente, al margen de lo preceptuado en el artículo 192 del Código Procesal Penal y aún a pesar de ello, el tribunal a quo, manifiesta en sus motivaciones. Que el alcance normativo del referido artículo no regula las interceptaciones de redes sociales”.
Asimismo, estableció en su voto disidente el magistrado que, “todo esto con el propósito de legitimar la actuación del órgano investigador y dejar por sentado en su decisión la licitud de esa gestión, no obstante, el desconocimiento de los datos relativos a la cuenta y su titular, desde donde se presume que se emitieron los comentarios difamatorios e injuriosos en perjuicio del querellante y víctima” explicó.
Con su decisión, el tribunal rechazó el recurso presentado por Linares contra el fallo emitido por la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional, que lo había condenado a tres meses de prisión suspendida y a pagar una indemnización de cinco millones de pesos en julio del 2022.
El también jurista explicó que lo más importante para su defensa es un voto disidente que se produce en la propia corte de apelación por el magistrado Rafael Báez García, porque planteó que en la prueba presentada no se dio cumplimiento a la autorización judicial emanada de la coordinación del Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, en el sentido de obtener de la compañía Twittter Inc Corp. documentación certificada respecto a la cuenta @masinformadoRD.
Linares manifestó que esa certificación de la aplicación digital debe tener la identificación de su usuario y suscriptor, nombres, apellidos, país, Estado, código postal, entre otras.